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Violencia Doméstica

Tipos de Procesos
Todo lo que debe saber en materia de violencia doméstica:
Los procesos judiciales en materia de violencia doméstica permiten dar protección legal a todas aquellas personas que sufren de maltrato físico, psicológico, sexual o patrimonial; por parte de su pareja o por parte de algún otro familiar, según explicaremos más adelante.
¿Qué procesos judiciales pueden surgir de la materia de violencia doméstica?
- Proceso de medidas de protección: Se trata de un procedimiento sumario, ágil y oral, diseñado para garantizar la seguridad de la víctima. Puede incluir órdenes de alejamiento, prohibición de comunicación y desalojo del agresor, entre otras cosas.
- Proceso penal: Cuando el obligado a cumplir las medidas de protección incumple con el mandato judicial, incurre en el delito de desobediencia a la autoridad y si la víctima denuncia el incumplimiento se ordenará de inmediato la prisión preventiva del agresor que incumple y se le tramitará un proceso por dicho delito, pudiendo recibir en una sentencia condenatoria de seis meses a tres años. Cuando la violencia doméstica implica delitos contra la mujer como agresión física, abuso sexual o amenazas graves, se inicia un proceso penal contra el agresor, que puede derivar en penas privativas de libertad.
- Producto de demostrarse violencia doméstica entre cónyuges se podría tramitar ante el Juzgado de Familia proceso de divorcio donde se resolverá lo correspondiente a custodia de menores, pensión alimentaria y separación de bienes.
- Audiencia oral: De encontrase la persona denunciada disconforme con las medidas impuestas podrá solicitar una audiencia para debatir los hechos denunciados. Es un procedimiento clave en el que se analizan pruebas y se determinan medidas de protección. No es posible la conciliación en estos casos, ya que el objetivo es salvaguardar la integridad de la víctima

Tipos de Procesos
¿Qué procura proceso de medidas de protección?

¿Quiénes pueden presentar una denuncia por Violencia Doméstica?
• Personas afectadas, mayores de doce años.
Cuando se trate de personas menores de doce años o personas con discapacidades físicas y/o mentales, la
denuncia debe ser presentada por su representante legal.
• El Patronato Nacional de la Infancia, un policía o una persona mayor de edad.
• Instituciones públicas o privadas, que trabajen para la protección de los derechos humanos y la familia.
• Mayores de edad, en defensa de personas agredidas que soliciten un representante o que tengan alguna
discapacidad que les impida poner la denuncia. Es necesario que la persona víctima siempre confirme que desea medidas de protección.

¿Quienes pueden solicitar medidas de protección?
Violencia Psicológica
Violencia Física
Violencia Sexual

Violencia Patrimonial
Se da cuando alguien roba, pierde, destruye o transforma cosas que le pertenecen a otra persona o a la familia. Por ejemplo la casa, el carro, etc. Puede tratarse de dinero, herramientas de trabajo, documentos, entre otros. El robo puede darse por medio de engaños, amenazas, manipulaciones o maltrato físico. También se da cuando solo una de las personas en la relación tiene el control total sobre el dinero. Solamente él o ella decide qué se compra y en qué se gasta.

Violencia Patrimonial

Documentos y Requisitos Previos
- Cedula de identidad, cedula de residencia o carnet de refugio, pasaporte o cualquier otro documento de identificación del país de origen, cédula de menor (en el caso de las personas menores entre los 12 y los 18 años, sino cuenta con dicha cédula debe presentar una certificación de nacimiento).
- Deberá indicar preferiblemente los nombres y los números de identificación, tanto de la persona que pone la demanda como de la persona demandada. Las personas en condición irregular pueden presentar un número de identificación de algún documento emitido en el extranjero. Es necesario que se especifiquen otros datos como su estado civil, el lugar donde vive y su profesión u oficio. Si se presenta la demanda en defensa de otra persona, se debe indicar los datos de ésta.
- Deberá indicar una dirección o un número de fax, para recibir notificaciones de cómo va el caso. • La dirección física puede ser de una casa de habitación, una oficina, un negocio o una organización que ayude a proteger sus derechos. Además deberá indicar alguna dirección o un número de fax para que la persona demandada pueda recibir notificaciones también.
- Debe explicar, lo más detalladamente posible, la situación o el problema que se presenta. Durante la audiencia, se tienen que presentar todas las pruebas que apoyen su caso. Si no las hay, esto no impedirá que se den las medidas de protección.

Documentos y Requisitos Previos

¿Cuáles tipos de medida de protección se pueden otorgar?
Las medidas de protección son órdenes o prohibiciones que da un juez, para proteger a una persona víctima de violencia doméstica. Se pueden solicitar en cualquier momento siempre que sean actuales y podrían ser cualquiera de las siguientes:
- Prohibir que el o la presunto(a) agresor(a), se acerque a la casa de la familia, el lugar de trabajo o centro de estudio de las presuntas víctimas de violencia doméstica. Puede pedirse la protección en otros lugares además de los ya mencionados. Se puede solicitar que se le asigne otro lugar para vivir a la(s) persona(s) que está(n) siendo agredida(s).
- Que las autoridades le quiten a la presunta persona agresora, las armas y los objetos que utilice para causar daño, amenazar o intimidar.
- Se puede solicitar una orden de protección y auxilio policial. Si se irrespetan las medidas de protección, se informará al Ministerio Público para que juzgue por delito de incumplimiento, se puede pedir la ayuda de la Fuerza Pública. La policía más cercana puede proteger a las personas víctimas, en caso de exista algún riesgo. Inclusive, la policía podrá allanar una casa, cuando haya alguien en peligro.
- Impedir que una presunta persona agresora cuide o críe a sus hijos menores de edad. Esta prohibición aplica también cuando la persona agresora, pueda hacerle daño a adultos mayores o personas con discapacidad a su cargo.
- Solicitar una pensión alimentaria provisional. Puede solicitar una ayuda económica que beneficie a la(s) presunta(s) víctima(s) de violencia doméstica. No es necesario que exista un documento oficial que demuestre la relación familiar. Las personas sin documentos no pueden acceder a las pensiones alimenticias.
- Cualquier otra medida atípica (no contemplada dentro de la ley). La persona la solicita y el juez se encarga de determinar si es posible otorgarla.

Tipos de Medidas de Protección
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